Requisitos área de control de dopaje

COMISION DE SALUD Y PREVENCION DEL DOPAJE DE LA R.F.E.BM.

Ponemos en vuestro conocimiento que el sábado 02 de julio de 2011 se ha publicado la Orden 1832/2011, de 29 de junio, por la que se regula el área de control del dopaje, el material para la toma de muestras y el protocolo de manipulación y transporte de muestras de sangre.

El objeto de la misma es la determinación de los requisitos que deben cumplir los Clubes en relación a las áreas de control de dopaje de las instalaciones y recintos deportivos donde se celebren las competiciones que estén sometidas a  controles.

Igualmente establece el material necesario y obligatorio para la toma de muestras y los requisitos necesarios en el supuesto de hacerse controles con extracción de muestras de sangre.

Tenéis acceso a esta normativa en la página web de la R.F.E.BM., apartado “R.F.E.BM.”, subapartado “Comisión Antidopaje”.

Resaltamos la obligatoriedad del cumplimiento de dicha normativa.

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